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Infonavit, Programa de apoyo a patrones 2009

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El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) ha emitido un nuevo programa de apoyo para los patrones, debido a la crisis económica que están afrontando algunas empresas.

Los principales beneficios otorgados en este programa son la condonación de los recargos generados, y la condonación de la multa impuesta por el INFONAVIT por la omisión de pago de las cuotas a cargo de dicho instituto. Los importes de los beneficios dependen del periodo de la omisión y aplican desde el ejercicio 2003 o anteriores y hasta 2009.

A continuación presentamos la información que el INFONAVIT ha publicado referente a dichos programa:

Ante la actual crisis económica que esta viviendo el país, el Infonavit ofrece a aquellos patrones que han tenido dificultades para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales con el Infonavit, puedan regularizar sus adeudos pendientes a través de los beneficios del Programa de apoyo a patrones deudores 2009.

Periodos y conceptos a regularizar

Son susceptibles de regularizarse todos los adeudos en materia de vivienda por concepto de:

  • Aportaciones del 5%,
  • Su actualización y recargos,
  • Recargos de las amortizaciones. 

Vigencia

Del 01 de enero al 31 de diciembre de 2009, sin aplicación retroactiva y sin posibilidad de prórroga.

Beneficios

  • Condonación hasta de un 50% de los recargos generados y 100% de la multa impuesta, cuando el importe de los conceptos adeudados correspondan a los bimestres 6º de 2003 y anteriores;
  • Condonación hasta de un 25% de los recargos generados y 100% de la multa impuesta, cuando el importe de los conceptos adeudados correspondan a los bimestres 1º al 6º de 2004;
  • Condonación de hasta del 100% de la multa impuesta atendiendo al mes de incorporación por los adeudos que correspondan a los bimestres comprendidos del 1º de 2005 al 6º de 2008, y se podrán regularizar atendiendo a lo siguiente:
    • Autorización para cubrir las aportaciones y sus accesorios hasta en 48 parcialidades, así como los recargos generados por las amortizaciones hasta en 12 parcialidades.
    • Autorización para cubrir el adeudo en parcialidades mensuales, con pagos anuales o semestrales, adecuando los mismos a la capacidad de pago del patrón deudor o a los periodos que tiene mayores ingresos.
  • Condonación de cualquier gasto de ejecución distinto al 2% de las diligencias de requerimiento de pago, embargo u honorarios de intervención a caja
  • Cuando se otorgue una autorización para pago en parcialidades, el patrón deudor podrá proponer la forma de garantizar el interés fiscal, la cual incluso podrá ser la que se constituya mediante obligación asumida por un tercero.
  • No revisión de los periodos regularizados mediante el presente Programa de Apoyo a Patrones, excepto cuando se trate de atender la queja presentada por algún trabajador derechohabiente.
  • No presentación de querellas, cuando de la omisión de los importes sujetos a regularización se detectara la comisión de un posible delito en materia fiscal.

Porcentajes de condonación 

porcentajes
 * Los importes que correspondan a los bimestres 6º de 2004 y anteriores y por los cuales se otorgue la condonación de recargos deberán ser cubiertos en una sola exhibición.


Políticas

  • No tener medios de defensa interpuestos, o copia sellada del desistimiento presentada ante la autoridad competente.
  • Regularizar todos los periodos omitidos
  • Incluye a patrones requeridos
  • No suspende las acciones de fiscalización
  • En ningún caso se podrá autorizar la condonación parcial o total de las aportaciones patronales del 5% o amortizaciones de crédito, ni de sus accesorios.
  • En el caso de pagos diferidos, el monto de cada parcialidad no podrá ser menor al importe de un salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal.
  • La aplicación de los beneficios que se establecen en este Programa, no dará lugar a devolución o compensación alguna en su favor.

Requisitos

  • Presentación de solicitud por escrito ante la Subgerencia de Recaudación Fiscal de la delegación. (Formato 1)
  • Indicar la forma en que se desea regularizar sus adeudos (en una exhibición, en parcialidades fijas, o fijas con semestralidades y/o anualidades)
  • Si se encuentra requerido, indicar el número de resolución o folio y los períodos e importes correspondientes.
  • Manifestación bajo protesta de decir verdad que no se ha interpuesto medio de defensa por los períodos a regularizar, y en su caso, exhibir copia sellada del desistimiento, presentada ante autoridad competente. (Formato INF-PE-02)
  • Acompañar la información necesaria para la individualización de los importes, a través de los formularios de pago vigentes en el período de omisión.
  • Manifestar la forma en que garantizará el interés fiscal, cuando opte por pagar en parcialidades.
  • En caso de estar requerido, anexar copia de los requerimientos correspondientes.
  • No mantener adeudos ni requerimientos pendientes de atender.

Para el pago en parcialidades, tener cubiertos los adeudos por concepto de multa, amortizaciones, su actualización y recargos.

Opciones de pago

  • Pago en una sola exhibición

Recibirá los beneficios del pago en una sola exhibición, siempre y cuando haya cubierto el total de los importes adeudados.

  • Pago en parcialidades

Para que la autorización de pago en parcialidades proceda, además de cumplir con los requisitos antes señalados, debe:

  • Presentar análisis y desglose del adeudo. (Formato INF-SUA-1)
  • Tener cubiertos los adeudos por concepto de multa, aportaciones para amortización, amortizaciones, su actualización y recargos.
  • Manifestar la forma que garantizará el interés fiscal.
  • No tener adeudos por aportaciones y/o amortizaciones, ni requerimientos pendientes de atender de los bimestres vencidos, relativos al ejercicio de 2007.
  • Presentar, por cada uno de los bimestres a regularizar, los formatos de pago que correspondan al periodo de omisión (SAR-01 y 02, y/o formato SUA), debidamente llenados con los datos de identificación de cada uno de los trabajadores por quienes cubrirá los adeudos, esto con el fin de proceder a la individualización.
  • Exhibir la garantía correspondiente dentro de los plazos que al respecto establece el Código Fiscal de la Federación.

Garantía del interés fiscal

Para asegurar el pago de los créditos fiscales y el cumplimiento de sus obligaciones, puede optar por cualquiera de las siguientes formas de garantizar el interés fiscal:

  • Depósito de dinero
  • Prenda
  • Hipoteca
  • Fianza otorgada por una institución autorizada(Formato INF-PE-03)
  • Obligación solidaria asumida por un tercero que compruebe su disposición y solvencia económica
  • Embargo en la vía administrativa
  • Títulos valor

Mecanismo de pago de adeudos

a) Pagos en una exhibición:

  • Anteriores al cuarto bimestre de 1997, debe efectuarlos mediante el recibo de pago referenciado que obtenga del área de Fiscalización de la delegación más cercana a su domicilio y ante el Banco autorizado a tal efecto por el Infonavit.
  • Posteriores al cuarto bimestre de 1997, debe realizarlos mediante los Formularios SUA y ante la entidad receptora de su preferencia.

b) Pagos en parcialidades:

  • Los pagos en parcialidades derivados de la celebración de un convenio, deben efectuarlos ante el banco autorizado para estos efectos por el Infonavit, mediante el formato de pago que le proporcione el área de Fiscalización de la delegación más cercana a su domicilio.

Pérdida de beneficios

  • Incumplir con el pago de tres o más parcialidades, o uno de los pagos semestrales y/o anuales del convenio que le haya sido autorizado.
  • Mantener adeudos por los bimestres subsecuentes a los periodos que está regularizando.
  • Interponer algún medio de defensa en contra de las acciones de cobro que a su cargo realice el Infonavit.
  • Cuando se detecte falsedad en los datos nos proporciono.
  • No exhibir la información y/o documentación necesaria para la individualización de los importes cubiertos.

 

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